lunes, 22 de octubre de 2012

InnoSIB en los Medios


Con motivo del convenio de colaboración suscrito por InnoSIB con la asociación AMPEM, promotora de empleo para profesionales mayores, el programa “Aquí hay trabajo” que la cadena pública La 2 de RTVE emitió un reportaje que recogía el acto de la firma.
051012_Aquihaytrabajo_2El espacio televisivo, ofrecido el pasado viernes día 5 de octubre, se dedica diariamente a resumir la actualidad del mundo del trabajo, con información sobre su situación, sobre formación y sobre iniciativas diversas encaminadas a facilitar la integración laboral y profesional de las personas, todo ello apoyado con invitados especialistas.
El reportaje contó con la presencia de los directivos de la Asociación AMPEM, Ángeles Antón y Javier Colino, que explicaron con suma claridad los fines fundamentales de la asociación con respecto a los desempleados mayores de 50 años y las actividades que han puesto y que pondrán en marcha para cumplir de la mejor manera posible tales objetivos, ofreciendo un servicio desinteresado a sus asociados en cuanto a su reincorporación laboral, aspecto clave en la mayoría de los casos.
051012_Aquihaytrabajo_8Entre estas actividades, y con el fin de hacer participar a la empresa privada, AMPEM suscribió con InnoSIB, en su ámbito de consultoría empresarial, el acuerdo de mutua colaboración para fomentar la integración de profesionales mayores en proyectos que InnoSIB promueva. El programa recogió el acto de la firma en el cual,Carlos Matías, socio de InnoSIB, explicó las motivaciones que han llevado a este acuerdo.


domingo, 14 de octubre de 2012

Los derechos ARCO (I)


La LOPD, Ley Orgánica de Protección de Datos (LO 15/1999), surge para dar cobertura al derecho constitucional de la intimidad de las personas. La aplicación práctica de la ley se desarrollada en el real decreto 1720/2007, el reglamento.
La ley, y especialmente el Reglamento se orientan claramente a fijar el marco de las medidas que organizaciones públicas y privadas deben tomar para garantizar la intimidad de las personas relacionadas y afectadas por sus actividades.
Pero aún con esta orientación ambas, ley y reglamento, fijan claramente los derechos de los particulares afectados y la forma y plazos en que los pueden ejercer. Son los derechos ARCO, regulados tanto por la ley como por el reglamento es sus respectivos capítulos terceros.
ARCO es el acrónicmo de los cuatro derechos básicos que se contemplan, a saber: Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición.
Acceso. Es el derecho de conocer con exactitud la información personal que cada organización dispone y maneja sobre nosotros. Tambien nos permite conocer el fin para el que se usan nuestros datos así como si han sido cedidos a terceras organizaciones. El derecho de acceso se puede ejercer como máximo una vez al año.
Rectificación. Es el derecho de que los datos erroneos, por inexactos o incompletos, que esté manejando una organización sean rectificados de tal forma que reflejen la información real sobre nosotros.
Cancelación. Derecho de que se eliminen los datos que sean erroneos o inadecuados (tal vez innecesarios) para el fin para el que se utilizan.
Oposición. Derecho de solicitar la interrupción del uso de los datos propios para un fin concreto (P.Ej, ofertas comerciales).
Todos los derechos ARCO deben ser atendidos de forma obligatoria, gratuita y en un plazo determinado por las organizaciones, siempre que se ejerzan de forma correctamente  identificada y documentada.
Las organizaciones deben poner los medios necesarios para facilitar y garantizar el ejercicio de los derechos ARCO por parte de los afectados.
Si ante el jercicio de uno de estos derechos no se recibe una respuesta adecuada por parte de la organización siempre se puede recurir a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).




Imagen: Por cortesía de www.foto-gratis.es


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